Según el articulo DOS del Real Decreto ley de Mediación:
Quedan EXCLUIDOS, todo caso, del ámbito de aplicación de este real decreto-ley:
- Mediación penal
- Mediación con las Administraciones Públicas
- Mediación Laboral
- Mediación en materia de consumo
En el mundo de los gastrónomos quedan excluidos:
- Un vino picado
- Pezqueñines
- La carne dura como la piedra
- El marisco con exceso de conservante
- La fruta pocha
- El helado derretido
Consejo de Mediador: ¨Manolete si no sabes para que te metes“
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